SE INFORMA: que todos los Ingenieros de Petróleos tienen la obligación legal de obtener la Matrícula Profesional o Licencia Especial Temporal respectivamente, para presentarse o actuar como tal, o acceder a un cargo para el cual se requiere ser profesional, tanto en los organismos privados y/o públicos de todos los ordenes, como de manera particular, así como en las licitaciones públicas o privadas.
La Ley 20 de 1984 que reglamenta el ejercicio de la Ingeniería de Petróleos se encuentra vigente.
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